Sonrie Que no Cuesta

Sonrie Que no Cuesta

Tipos de Derecho

DERECHO PRIVADO:

El derecho privado es aquel que se encarga de regular las relaciones entre los particulares, las cuales son planteadas en su propio nombre y beneficio. El derecho civil regula las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí, por lo general para proteger los intereses de la persona  en el orden moral y patrimonial.
Dentro de las ramas del Derecho Privado, existen las siguientes partes:

1. Derecho Civil
2. Derecho Mercantil.
3. Derecho Privado Internacional -diferente del Derecho Internacional Público-.
4. Derecho del Trabajo.


El derecho mercantil o derecho comercial, por su parte, se ocupa de la regulación de las relaciones vinculadas a las personas, los actos, los lugares y los contratos del comercio.






Derecho Publico

Derecho Público: Conjunto de preceptos jurídicos destinados a la tutela o defensa del ser humano y al cumplimiento de los intereses generales de la comunidad.
El derecho público es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas (jurisdiccionales, administrativas, según la naturaleza del órgano que las ejerce) y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí.

   

DERECHO SOCIAL:
Los derechos sociales son los que ciudadanos o habitantes de un país poseen. En otras palabras, son la “Consecuencia natural del estado de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras” o la "facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida".1 Implican el acceso a los medios necesarios para tener unas condiciones de vida dignas.2
Enumerándolos, los derechos sociales serían:

El derecho a un empleo y a un salario,
El derecho a la protección social en casos de necesidad (jubilación, seguridad social, desempleo, bajas laborales por enfermedad, maternidad o paternidad, accidentes laborales),
El derecho a la vivienda,
El derecho a la educación,
El derecho a la sanidad,
El derecho a un medio ambiente saludable, al acceso a la cultura y a todos los ámbitos de la vida pública.
El derecho a la alimentación y la soberanía alimentaria.




No hay comentarios.:

Publicar un comentario